El Gobierno modificó por decreto el trámite para proponer jueces de la Corte

Publicado: 19 / 06 /2026

El Poder Ejecutivo oficializó cambios en el procedimiento para seleccionar candidatos a la Corte Suprema de Justicia, al Procurador General y al Defensor General de la Nación. La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 467/2026 y modifica el esquema creado en 2003 para ordenar la etapa previa al envío de pliegos al Senado.

El argumento central del Gobierno es que varias instancias administrativas se superponían con el control público que ya realiza la Cámara alta durante el tratamiento de los acuerdos. La Casa Rosada sostiene que el Senado conserva las audiencias, la publicidad de los antecedentes y la recepción de observaciones ciudadanas.

Qué cambia con el decreto

El nuevo texto establece que, producida una vacante en la Corte, el nombre y los antecedentes de las personas consideradas deberán publicarse durante tres días en el Boletín Oficial y en la web del Ministerio de Justicia. También adecua el pedido de informes a ARCA sobre cumplimiento impositivo y previsional.

El Decreto 467/2026 reemplaza artículos del Decreto 222/2003 y del Decreto 588/2003. En la práctica, reduce la intervención administrativa previa del Ministerio de Justicia antes de que el Presidente eleve una propuesta al Senado.

Para el oficialismo, el cambio busca acelerar la cobertura de vacantes y concentrar el debate público en el ámbito parlamentario. Para críticos de la medida, en cambio, el recorte debilita una etapa de participación ciudadana que funcionaba antes de la nominación formal.

El trasfondo político

La Corte Suprema funciona desde hace tiempo con vacantes pendientes, una situación que mantiene tensión entre el Poder Ejecutivo, el Senado y el sistema judicial. Cualquier modificación en el trámite de selección de candidatos tiene impacto directo en esa negociación, porque redefine tiempos, publicidad y margen de intervención de organizaciones civiles, colegios profesionales y actores políticos.

Medios nacionales remarcaron que el decreto también elimina recomendaciones explícitas vinculadas a criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional. El Gobierno afirma que esos criterios no surgen como exigencias constitucionales para la nominación presidencial, mientras que sus cuestionadores advierten que el cambio puede reducir estándares de transparencia acumulados desde 2003.

Fuentes consultadas

  • Boletín Oficial de la República Argentina.
  • Infobae.
  • La Nación.