El Gobierno cambió el sistema para proponer jueces de la Corte y abrió una disputa institucional
Publicado: 17 / 06 /2026El Poder Ejecutivo oficializó una reforma del procedimiento para seleccionar candidatos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una decisión que reabrió el debate sobre transparencia, control ciudadano y equilibrio institucional.
La medida quedó plasmada en el Decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial, y modifica el régimen de autolimitación que desde 2003 ordenaba el proceso previo a la nominación presidencial. El cambio más sensible es la eliminación de la etapa en la que universidades, colegios profesionales, organizaciones civiles y ciudadanos podían presentar observaciones u objeciones antes de que el pliego llegara formalmente al Senado.
El Gobierno sostiene que el control público queda garantizado por el tratamiento parlamentario, ya que la Cámara alta debe analizar los antecedentes y prestar acuerdo para cualquier designación. En los considerandos del decreto, el Ejecutivo argumentó que esa instancia legislativa cumple con las exigencias constitucionales de publicidad, transparencia y participación.
Qué cambia con el decreto
Además de acortar el circuito previo a la nominación, la norma derogó el artículo que recomendaba contemplar, “en la medida de lo posible”, criterios de género, especialidad y procedencia regional al momento de elegir integrantes del máximo tribunal. Ese punto fue señalado por especialistas y entidades judiciales como un retroceso respecto de estándares que se habían consolidado durante más de dos décadas.
El cambio llega en un momento delicado para la Corte, que funciona con vacantes pendientes y con una discusión política abierta sobre el perfil que debe tener el tribunal. Para el oficialismo, la reforma busca evitar duplicaciones y acelerar trámites. Para sus críticos, reduce el escrutinio previo y concentra más poder en la decisión presidencial.
Reacciones y próximos pasos
El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal cuestionó la eliminación de instancias participativas, mientras que medios especializados y organizaciones judiciales advirtieron que la reforma puede debilitar la legitimidad del proceso de selección. La discusión continuará en el Congreso cada vez que el Ejecutivo envíe un pliego, porque el Senado conserva la última palabra para aprobar o rechazar candidatos.
Fuentes consultadas
- Boletín Oficial de la República Argentina: Decreto 467/2026.
- Chequeado: análisis del cambio al régimen de designación de jueces de la Corte.
- El País: cobertura sobre las críticas a la reforma del procedimiento.
- Comunicado del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal citado por medios nacionales.
